-El internacionalista plantea el reconocimiento como algo necesario, pues de no ocurrir ve poco probable que funcione la Convención
Aprobada en el 2.000, la Convención de Palermo fue ratificada por la totalidad de los países de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para combatir a un crimen organizado que comenzaba a usar métodos cada vez más modernos. Ya para ese entonces, los Estados eran testigos de una nueva realidad: hay hechos delictivos, hechos punibles que se cometen en los países y que son comunes para todos, como el blanqueo de dinero y la trata de personas, pero restaba por determinar la forma en la que abordarían dichos delitos.
De acuerdo al internacionalista y abogado, Mariano de Alba, en exclusiva para El Nuevo País, “los Estados, al percatarse de esta realidad, comienzan a compartir información entre ellos y decidir medidas concretas, como por ejemplo, la privativa de libertad y la extradición de personas”. Surge entonces una coordinación estrecha entre los distintos poderes judiciales de los países involucrados. Sin embargo, de Alba es tajante al afirmar que la Convención “solo funciona en la medida que autoridades de dos Estados se pongan de acuerdo en buscar enjuiciar diversos crímenes”.
Como es de suponer, en el caso venezolano no se puede esperar que el Gobierno, ni sus tribunales o fiscalías, coordinen un esfuerzo en conjunto con otros Estados, pues justamente lo que se alega es que los integrantes del Gobierno venezolano cumplen con todos los incisos que califican como delito transnacional en el convenio, ya que están involucrados en actividades de planificación y ejecución de actos delictivos que traspasan las fronteras.
No en vano, el actual vicepresidente de Venezuela, Tareck El Aissami, y el diputado Diosdado Cabello, por ejemplo, son investigados por la justicia estadounidense bajo sospechas de que encabezan dos de las mayores organizaciones de narcotráfico en el país. Además, El Aissami también ha sido vinculado con el terrorismo islámico.
En todo caso, es el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio, quien sí puede jugar un rol importante en aras de activar la Convención.
“Si el TSJ en el exilio logra ser reconocido por los demás países de la región y, aunado a eso, los magistrados logran recabar información contundente de crímenes transnacionales y se la remiten a otros países, existe una posibilidad de que las autoridades de esos países le den importancia y reconocimiento para enjuiciar a funcionarios venezolanos que residan en esos territorios”, sostiene de Alba.
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El problema radica, según el internacionalista, en que no hay ninguna señal clara de que otros países hayan reconocido -al menos hasta el momento- al TSJ en el exilio.
“Claro que se han emitido sentencias y hasta tuvieron un acto formal de instalación en la sede de la OEA, pero no está claro que otros países le hayan dado el reconocimiento formal a esa instancia. Y en caso de que lo hagan, vale preguntarse si efectivamente tienen en sus manos pruebas fehacientes para que estos países puedan actuar”.
Según de Alba, debe existir tal reconocimiento, bien sea para el caso del TSJ en el exilio o incluso de la propia fiscal de la República, Luisa Ortega Díaz. De lo contrario, ve poco probable que pueda ponerse en práctica la Convención, dado que se corre el riesgo de sentar un precedente, en el cual, también se ven el resto de los países.
“No es cualquier cosa salir de las fronteras de tu país y decir: ‛Yo soy el TSJ y ahora puedo emitir sentencias’. Por eso los países evalúan los pro y los contra de asumir tal posición”, sentencia de Alba.