El Comité Político Nacional propondrá la candidatura presidencial al Congreso Nacional para su aval.
Por Ángela Betancourt
La organización política Primero Justicia aprobó el Reglamento Parcial para la Selección de la Candidatura Presidencial.
En ese sentido, el documento con las normas según exclusiva de Tal Cual indica que el Comité Político Nacional propondrá la candidatura presidencial al Congreso Nacional para su aval según los estatutos del partido opositor.
El Congreso Nacional incluye a toda la militancia y para efectos del reglamento tiene fines de aclamación.
El reglamento es el resultado de un amplio proceso de debate dentro de la organización que preside la diputada María Beatriz Martínez. En ese sentido, se considera precandidatos presidenciales de PJ a los militantes «que, habiendo manifestado oportuna y reglamentariamente su intención de aspirar a la Presidencia de Venezuela, ejerzan su derecho de aspiración de conformidad con los Estatutos del Movimiento Primero Justicia y del presente reglamento”.
Paola Bautista de Alemán, vicepresidenta de formación y programas, señala que el reglamento se concretó tras el consenso de los 35 miembros de la Junta de Dirección Nacional de PJ y este viernes 27 de enero fue validado por el Comité Político Nacional con la presencia de todos los estados. Este comité es la máxima instancia partidista de decisión política, en tanto el rol de la Junta es ejecutivo.
“En un entorno en el que le cortan la cabeza a los candidatos, tener varias opciones es algo bueno. Pero, ciertamente, pone al partido en su desafío que es nuevo en 23 años de existencia, tener varios aspirantes presidenciales. Lo que se buscó fue crear un reglamento que escuchara a las bases del partido y que no fuera un dedazo. Que efectivamente haya participación de las bases de la organización y que escuche lo que piensa el país”, enfatiza Bautista.
De esta manera, el proceso de selección de la candidatura presidencial será conducido por la Presidencia Nacional de Primero Justicia, la cual podrá delegar funciones en la presidencia nacional adjunta, las vicepresidencias nacionales y otros órganos de conducción partidista, con el objeto de cumplir y hacer cumplir los Estatutos y reglamentos aplicables.
Hasta ahora, dentro de PJ han manifestado oficialmente sus aspiraciones presidenciales son los dirigentes Juan Pablo Guanipa y Carlos Ocariz. Por su parte, el exgobernador de Miranda Henrique Capriles aún no ha anunciado si participará, aunque dentro del partido dan por descontado que el dirigente se postulará por cuanto se mueve dentro de una dinámica de propuestas presidenciales.
Un aspecto importante del reglamento de la tolda amarilla refiere que la candidatura presidencial “es titularidad del partido en cuanto cuerpo colegiado y no de sus militantes y/o precandidatos individuales, los cuales podrán participar del proceso de selección o sustitución de la candidatura en los términos establecidos en los Estatutos y en el presente reglamento”.
Eso significa que la Junta de Dirección Nacional podrá, mediante acuerdo motivado, solicitar al Comité Político Nacional reemplazar la candidatura de militantes del partido y proponer a otro candidato cuando así se aseguren de mejor manera los intereses de Venezuela y de PJ ante elecciones primarias de alianzas políticas y/o ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Los dirigentes que formalicen sus aspiraciones candidaturales deben ser militantes y estar inscritos en el Registro Nacional de Militantes y Simpatizantes del partido; cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución para aspirar al cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela; observar una conducta ética cónsona con el valor de la honestidad y de adhesión al sistema de la democracia constitucional y consignar ante la presidencial nacional una carta de intención jurada declarando su deseo de ser candidato y “de asumir la doctrina centrohumanista como guía de acción política, adhiriéndose a los postulados programáticos del Movimiento Primero Justicia para las elecciones primarias, la campaña presidencial y el ejercicio de las competencias de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela”.
Según el artículo 227 de la Constitución, para ser elegido Presidente o Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de 30 años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme. Dos de los tres precandidatos, Guanipa y Capriles están inhabilitados, pero podrán medirse internamente.
«El reglamento del partido prevé que los inhabilitados puedan participar. No seremos nosotros quienes inhabilitemos a nuestra propia dirigencia y en el proceso se irá evaluando los resultados de la negociación en México y probabilidades ciertas de concreta la habilitación», expresa la diputada Karim Vera, dirigente nacional de PJ. Los precandidatos deben asumirse públicamente como militante de Primero Justicia, hacer públicas sus propuestas programáticas y de políticas públicas inspiradas en el centrohumanismo, contando con el apoyo de los órganos de difusión y comunicaciones del partido; aceptar o rechazar la postulación del Movimiento Primero Justicia para aspirar al cargo de Presidente de la República; y expresar ante la Junta de Dirección Nacional del partido su opinión «no vinculante sobre el diseño y ejecución de los estudios de opinión que informen el proceso de selección de la candidatura presidencial».