El Gobierno nacional exoneró del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a ciertas operaciones, entre las que destacan las efectuadas en el mercado de valores. «Se exonera del pago del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociadores a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela», reza el artículo 1 del decreto.
Por qué importa: El decreto cubre las operaciones cambiarias efectuadas por personas naturales y jurídicas, los Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, y exonera además las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.
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