La nueva ley otorga al presidente la facultad de despojar de la ciudadanía a quienes realicen actos considerados perjudiciales para los intereses políticos, económicos y sociales de la isla
El parlamento de Cuba aprobó este viernes (19.07.2024) la Ley de Ciudadanía que, entre otras disposiciones, faculta al Gobierno para retirar la ciudadanía a aquellas personas que realicen «actos contrarios» a los «intereses» políticos, económicos y sociales del país.
La nueva normativa permite al presidente de Cuba despojar de la ciudadanía por decreto a quienes se alisten «en cualquier tipo de organización armada con el objetivo de atentar» contra el país o sus ciudadanos, y a aquellos que cometan «actos contrarios a los altos intereses políticos, económicos y sociales» de la isla. La ley establece que los afectados deben residir fuera del país o contar con otra nacionalidad, aunque se contemplan excepciones por motivos graves.
Los promotores de la ley han argumentado que esta facultad solo se utilizaría de forma «excepcional» y que desde el exterior se ha exagerado su verdadero alcance. Sin embargo, varias ONG y defensores de los derechos humanos han advertido sobre el potencial uso político de la desnacionalización en Cuba, señalando a Nicaragua como un reciente ejemplo de esta práctica.
La ley también establece que la ciudadanía cubana se adquiere por nacimiento en la isla o por naturalización en el caso de los extranjeros. Además, aclara que adquirir una ciudadanía extranjera no implica la pérdida de la ciudadanía cubana. Los hijos de padres o madres cubanos nacidos en la isla que hayan renunciado, perdido o sido privados de la ciudadanía cubana pueden solicitarla al alcanzar la mayoría de edad.
Ley de Extranjería y Ley de Migración también aprobadas
Minutos después de aprobar la Ley de Ciudadanía, los parlamentarios dieron luz verde a la Ley de Extranjería, que regula la estancia de ciudadanos extranjeros en el país caribeño, y a la Ley de Migración, aprobada en la misma jornada.
La nueva Ley de Migración permite a las autoridades prohibir la entrada a Cuba de personas involucradas en «acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano» o por «razones de defensa y seguridad nacional». Asimismo, autoriza la prohibición de salida del país a cualquier persona por motivos de «defensa y seguridad nacional», por «carecer de la autorización establecida» al ser considerada «fuerza de trabajo calificada» para el país, para «garantizar la seguridad y protección de la información oficial» e, incluso, por «interés público».