El defensor del Pueblo, Tarek Willian Saab, recordó hoy durante una entrevista al programa Kiosco Veraz que la Constitución Bolivariana de Venezuela faculta a la Defensoría para investigar casos en los que se presuma violación de Derechos Humanos.
Saab indicó que dicha cualidad se la confiere la Carta Magna en el artículo 281, numeral 1, en la que se indica claramente que son atribuciones del defensor o defensora del Pueblo: “Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento”, citó.
En ese sentido, mencionó que ante la pretensión de despojar a la Defensoría de sus atribuciones y de su radio de acción, por parte del Ministerio Público, se solicitó al Tribunal Supremo de Justicia confirmar esas competencias. “Es decir, el Tribunal Supremo de Justicia no ha aplicado las competencias sino que las ha confirmado”, indicó.
Aclaró que de acuerdo a las competencias conferidas por el texto fundamental, los delegados de la Defensoría del Pueblo tiene la cualidad de presenciar una autopsia y de hacer un acta defensorial, por lo que rechazó que fiscales del Ministerio Público intenten desalojar a a los delegados de la Defensoría de la morgue.
Foto / fuentes: Referencia / AVN y Unionradio.net