Bonos vacacionales y utilidades deben ser declarados en pago del ISLR

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), informó en una nota de prensa que el total de las remuneraciones vinculadas directamente al salario de trabajadores y cobradas el año pasado deben ser declaradas para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

Las retribuciones incluyen las bonificaciones regulares y las estipuladas en los contratos colectivos, tales como bonos vacacionales y utilidades. También deberán ser incluidos otros bonos, como los de desempeño, aporte o invención.

El organismo también dejó en claro que las horas extras y otras remuneraciones devengadas por el trabajador en forma permanente deben ser declaradas.

Quedan expresamente excluidos viáticos y bonos de alimentación, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, reseñó el portal web Finanzasdigital.com.

Vale recordar que el lapso para hacer la declaración del ISLR es hasta el día 31 de marzo.

Foto: Prensa Seniat