¿Qué es el recurso de nulidad que introdujo la Fiscal y cómo se aplica?

La Fiscal General Luisa Ortega Díaz alzó nuevamente su voz y en esta oportunidad por todo lo alto del ámbito legal.

La intención de la Fiscal con la demanda interpuesta ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra la Constituyente busca restituir el orden Constitucional, basándose en el artículo 333 de la Carta Magna.

En esta última oportunidad de «frenar judicialmente la Constituyente», se convoca a la participación ciudadana para un acto de deber legal.

El recurso de nulidad que solicitó la Fiscal deberá seguir varios pasos hasta lograr el objetivo:

-Cada venezolano que desee apoyar la iniciativa deberá acudir ante la Sala Electoral y avalar su participación como terceros interesados

-Mientras mayores firmas de respaldo se obtengan, mayor peso moral tendrá el recurso

-En cinco días el TSJ debe pronunciarse con el dictamen

-Si falla a favor del recurso, el TSJ exigirá al CNE que anule la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente

Sin embargo, el TSJ pudiese declarar inadmisible este recurso incluso antes de que los ciudadanos se adhieran, incurriendo en una nueva inconstitucionalidad.

Lo que dice el Art. 333

Artículo 333: Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Foto Archivo ENPaísZeta