Luego del anuncio que hizo la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) sobre la «activación» de los artículos 333 y 350 de la Constitución, la población venezolana manifestó su preocupación en torno a la mecánica que ello implica.
El abogado constitucionalista José Ignacio Hernández explicó a ENPaís que lo principal es entender que realmente no se trata de una «activación», sino más bien de la «aplicación de una norma» previamente establecida.
«La declaración no debe ser vista como una rectificación de estrategia o un cambio de planes, sino como la reafirmación de de dos premisas básicas en las cuales hemos estado desde marzo, la primera que en Venezuela hay un golpe de Estado y lo segundo que es necesario desconocer todo acto derivado de este golpe de Estado», expone el especialista en materia jurídica.
En ese sentido, resalta que al ser comprendido el artículo 350 como una norma, se llega a la conclusión de que esta ya está siendo aplicada y que la declaración de la MUD solo reafirma «que estamos ante un golpe de Estado, por lo que todos los venezolanos deben ejercer el derecho a la desobediencia civil. Es un empuje a un proceso que tiene 80 días. El 333 tampoco se activa, se aplica y ya se ha venido aplicando».
De esta manera, apunta que el artículo 333 lo que determina en sí, «es un proceso de transición que puede durar mas o menos según la complejidad de la situación».
«El 333 alude a un proceso, a un conjunto de actos, estrategias que tienen que ejecutarse en el tiempo, cuyo resultado final es el restablecimiento de la constitución», agrega Hernández, quien además resalta la importancia de la actuación de otros funcionarios ajenos a la Asamblea Nacional.
Para Hernández, no solo se necesita que actúen los funcionarios de la AN, «sino que actúen también los que deben decir ‘cúmplase la decisión de la AN’. Sin ello, no será posible la aplicación del 333 y lo que podría terminar pasando es que la AN designe un gobierno paralelo, que no tendrá incidencia en la actual realidad».
¿Cómo colabora el ciudadano?
El abogado constitucionalista agrega que el ciudadano podrá colaborar, dependiendo de si es funcionario público o no. «Si no eres funcionario, tienes dos acciones: la protesta pacífica y la no cooperación con todo acto que ejecute el golpe de Estado», puntualiza, para exponer acto seguido, un ejemplo reciente.
«El CNE le pidió la data a las universidades y la mayoría se negó. Allí, tácitamente, aplicaron el 350».
Hernández aclara que en el caso de ser funcionario, la situación se torna distinta. «Si los funcionarios no colaboran, se rompe la cadena de mando. Y además de poder invocar el 333 y el 350, cuentan con el artículo 29 de la Constitución, el cual establece que los funcionarios no deben obedecer órdenes violatorias de DDHH. En ese sentido, pueden desobedecer la orden».
Con este punto, el profesor de la Ucab aclara que «el verdadero cambio en Venezuela se dará cuando la desobediencia civil sea convocada por funcionarios y no por la sociedad civil».
Foto Archivo ENPaísZeta