Maduro a la Corte Penal Internacional

 

Por Alfredo Michelena.

*Es  un largo camino, que apenas está empezando, pero cuyo desenlace luce inevitable.

Según el informe de la OEA el régimen de Maduro ha cometido crímenes de lesa humanidad que deben ser juzgados por la Corte Penal Internacional (CPI), lo cual es un largo camino que apenas está empezando.

Un informe de expertos, promovido por la Secretaría General de la OEA  sobre la perpetración de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, describe en 400 páginas lo sucedido y señala que hay “fundamento suficiente” para que un conjunto de oficiales y funcionarios venezolanos, incluyendo a Nicolás Maduro, sean juzgados ante la Corte Penal Internacional (CPI).

El Estatuto de Roma

Prácticamente solo los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)  de la OEA y de los EE.UU. sobre el tema, llevaban la cuenta de las violaciones de los derechos humanos (DD.HH.) en Venezuela, desde la llegada del chavismo. Finalmente, después de las manifestaciones y la represión de 2014, este tema comenzó a tener resonancia en los órganos y organismos de las Naciones Unidas (NN.UU.)  Sin embargo, una cosa es la violación de los DD.HH. que se rige por las convenciones firmadas a ese respecto y otra es la comisión de crímenes de lesa humanidad según el Estatuto de Roma, el cual fue ratificado por Venezuela en 2000.

El Estatuto de Roma que se adoptó hace 20 años define el alcance de este acuerdo y crea específicamente la Corte Penal Internacional (CPI). Ese Estatuto  tipifica los crímenes que pueden ser juzgados en la CPI y como distintivo de otros tribunales internacionales, allí son juzgadas las personas que cometen estos crímenes y no los Estados. Otra característica es que los crímenes que allí son juzgados deben haber sido cometidos de forma masiva y sistemática.

Los crímenes tipificados se agrupan en las siguientes categorías: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Los de lesa humanidad son unos doce: entre ellos  el asesinato; la  encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; la tortura; la persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, etc.; y la desaparición forzada de personas.

La OEA toma acciones

A instancia de la Asamblea Nacional venezolana, el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, comenzó a presentar informes sobre la situación de Venezuela en 2016.  En el tercero de ellos, Almagro señalaba que había “evidencias que apuntan al uso sistemático, táctico y estratégico del asesinato, encarcelación, tortura, violación y otras formas de violencia sexual, como herramientas para aterrorizar al pueblo venezolano en una campaña planificada para aplastar la oposición al Régimen.”

Ya varios grupos y personalidades y organizaciones venezolanas y extranjeras habían impulsado esta línea de acción presentando casos ante la mencionada Corte.  Recordemos aquel “te espero en La Haya” de Diego Arria dirigido al finado Hugo Chávez. Pero fue realmente cuando el régimen mostró su peor rostro, el más represivo, con Maduro en la presidencia y un pueblo que se lanzó a las calles a partir de 2014, que el tema tomó más cuerpo. Ahora se podía apreciar que lo que estaba sucediendo no era algo casuístico y en esto contribuyeron varias personas e instituciones que se dedicaron a investigar a profundidad los casos.

 Entonces la OEA dio un paso importante y Almagro designó, en septiembre de 2017, un Panel de Expertos Internacionales Independientes, para discernir “si existe una base razonable para establecer que el régimen … durante el mandato del Presidente Nicolás Maduro, ha cometido crímenes de lesa humanidad”  y evaluar si hay suficientes elementos como para “remitir la situación a la Oficina del Fiscal de la CPI”.

Los expertos

El grupo de expertos reunidos por la OEA estuvo compuesto por el costarricense Manuel Ventura Robles, ex-Juez la Corte Interamericana de DD.HH. ; el argentino Dr. Santiago Cantón  exSecretario Ejecutivo de la CIDH; y el Profesor Irwin Cotler quien fuera Ministro de Justicia y Fiscal General de Canadá. Ese mismo septiembre comenzaron sus actuaciones con sesiones públicas para recopilar información de “víctimas, legisladores, alcaldes, jueces, miembros de las fuerzas armadas, funcionarios públicos, defensores de los derechos humanos y otras partes interesadas”. Lo que permitió  recoger “sus experiencias respecto de los asesinatos, la tortura, la encarcelación, la persecución y otros actos inhumanos contra la población civil y, en particular, contra quienes exigen el respeto de los derechos civiles, políticos y económicos y el retorno al orden constitucional en Venezuela”.

Con base a estas y otras informaciones trabajaron los expertos y produjeron un informe de unas 400 páginas y otras 400 de anexos, en el cual concluyen “que existe fundamento suficiente, que satisface los criterios de prueba contemplados en el Artículo 53 del Estatuto de Roma, para considerar que los actos a los que se ha visto sometida la población civil de Venezuela, …, constituyen crímenes de lesa humanidad, de conformidad con lo que establece el artículo 7 del Estatuto de Roma de la CPI.

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La acción coordinada

Los expertos en su informe concluyen que el régimen ha puesto “en desarrollo de una política que ha convertido al país en un teatro de operaciones militares” en donde “La oposición, o las personas identificadas como tales, han sido calificadas de «enemigo interno» del Estado” y señala como “las fuerzas regulares militares, paramilitares y de seguridad … operan de manera coordinada para defender la Revolución Bolivariana»’.

El panel de expertos concluyen que en el país “se han llevado a cabo ataques sistemáticos y generalizados contra la población civil … con arreglo a una política del Estado encaminada a la supresión de los puntos de vista y las opiniones de las personas que se muestran en desacuerdo con el Gobierno de Nicolás Maduro”.

Las cifras

El Informe identifica a 131 asesinatos entre 2014 y 2017; 8.292 ejecuciones extrajudiciales desde 2015;  más de 12.000 detenciones arbitrarias que incluyen no solo  presos sino personas con otras medidas que las privan de libertad desde la llegada al poder de Maduro; e  identifica más de 1.300 presos políticos.

Los asesinatos  fueron “perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado y/o los colectivos. Las tácticas utilizadas demuestran claramente un patrón con la intención de matar, evidenciado por el punto en que se propinó el golpe mortal (órganos vitales, en particular, disparos a la cabeza y el cuello) ; el uso de municiones, tanto modificadas como vivas, y la corta distancia a la que se perpetraron esos actos.”

Las 8.292 ejecuciones extrajudiciales, “…  son resultado de allanamientos ilegales y violentos de viviendas realizados por los diferentes cuerpos de seguridad, que fingen que han ocurrido falsos enfrentamientos para así racionalizar las ejecuciones sumarias de las víctimas que, por lo general, son hombres jóvenes”.

La tortura

El informe señala el “uso generalizado de la tortura contra los detenidos. Los atropellos van desde el empleo de tortura blanca y otras formas de tortura psicológica, hasta brutales golpizas que a menudo provocan daños físicos graves que por lo general no reciben atención médica; tortura sexual; el someter a los detenidos a posiciones estresantes; las descargas  eléctricas (incluso en los genitales); las quemaduras; el empleo de gas lacrimógeno; el dar comida podrida, o comida mezclada con fragmentos de vidrio o de excrementos, y, en algunos casos, el mantener a los detenidos sin comida ni agua”. Y señala que  “ se observa el empleo sistemático de los mismos instrumentos y técnicas en las instalaciones de todo el país, lo que demuestra una política de atropellos; parecería que las fuerzas de seguridad siguen el mismo manual o guía en lo que refiere al trato de los reclusos”.

Para el panel  “existe fundamento razonable que permite afirmar que en Venezuela se ha cometido el crimen de lesa humanidad de tortura, de conformidad con lo que establece el Artículo 7(1)(f) del Estatuto de Roma” y que  “ esos actos de tortura han sido perpetrados bajo el control o la custodia del Estado, en particular por los agentes torturadores… [y] respondían a una política determinada del Gobierno de Venezuela mediante actos dirigidos por las autoridades de más alto nivel del Estado, que establecían claramente patrones sistemáticos de acción”.

Adicionalmente dice el informe que “en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad de violación y cualquier otra forma de violencia sexual… [y]..que esas violaciones y/o actos de violencia sexual formaban parte de un tipo específico de tortura en el que los perpetradores tenían plena conciencia de que su conducta formaba parte de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra el grupo identificado como opositores políticos”.

Crisis humanitaria

El Panel también determinó “la utilización de la crisis humanitaria como arma para fines políticos”. A fin de “presionar a un segmento de la población que está en la oposición, o que es considerada opositora al Régimen, así como la negación de la crisis por parte del gobierno y su negativa de aceptar asistencia humanitaria, constituye múltiples violaciones de derechos fundamentales, como el derecho a la vida; el derecho a la integridad personal; el derecho a la salud, y el derecho a la alimentación, y que por consiguiente se trata de un delito de persecución fundada en motivos políticos”.  

Los implicados

El informe solicita a la CIJ  que investigue la responsabilidad en estas violaciones de las siguientes autoridades:

  • «Nicolás Maduro Moros, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
  •  Tareck El Aissami, Vicepresidente, quien tiene adscrito directamente el SEBIN y el DGCIM y además ejerce la presidencia del Comando Antigolpe.
  • Jorge Arreaza Montserrat, Vicepresidente 2013-2016, Ministro de Relaciones Exteriores.
  • Elias Jaua Milano, Vicepresidente para el Desarrollo Social y Revolución de Misiones.
  •  Jorge Rodriguez Gómez, Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información.
  •  Delcy Eloina Rodríguez Gómez, Ministra de Relaciones Exteriores de Venezuela 2014- 2017, Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente.
  • Padrino López, Vladimir, Comandante Estratégico Operacional de la FAN, 2014-2017, Ministro de Defensa.
  • Reverol Torres, Néstor Luis, Mayor General, Ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
  • Gonzalez López, Gustavo Enrique, Mayor General, Ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, 2015-2016, Director del SEBIN, miembro del Comando Antigolpe.
  • Benavides Torres, Antonio, Mayor General, Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana.
  • Pérez Ampueda, Carlos Alfredo, General de Brigada, Director de la Policía Nacional Bolivariana”

¿Ahora qué?

El Secretario de la OEA ya envió el informe a la Corte Penal Internacional, pero como nos recuerda el embajador Víctor Rodríguez,  la OEA no tiene “facultad de iniciar  un proceso ante ella, una facultad limitada a los Estados partes, al Consejo de Seguridad y a la Fiscal … por propia iniciativa”. En realidad la Fiscal Fatou Besouda ya anunció que había iniciado un estudio preliminar del caso, pero está limitado a las violaciones a los DD.HH. y el uso excesivo de la fuerza cometidos por el régimen entre el 30 de marzo y el 30 de julio de 2017.

Para que el informe de la OEA no sea solo un documento que, aunque muy bien fundamentado, engrose junto a otros que ya se han presentado, es necesario que el caso sea presentado por algún país o grupo de países, lo que de suceder sería el primer caso en que un país lleva a otro a esta Corte. 

Por ahora solo Chile ha solicitado que la evidencia recogida en el informe  “sea dirigida a la fiscalía (de la CPI)….  según los conductos previstos por el Estatuto de Roma, de forma de asegurarse que sus resultados sean revisados y contrastados con la evidencia que la propia fiscalía haya recabado”. Lo que no es lo mismo que sea el gobierno de Chile que lo presente. Claro que esto le da mayor peso al informe. Pero debemos de estar atentos, pues otros gobiernos pudieran tomar la decisión de presentar el caso ante esa corte.

El candidato presidencial colombiano Iván Duque prometió llevar el caso venezolano a la CIJ, veremos si el presidente Duque, de ganar el 17 de junio, cumplirá con esta promesa.  Pero aún si esta denuncia se concreta y se agiliza el proceso, deberán pasar unos cuantos años para que se produzca el juicio y Maduro y la cadena de mando responsable por estas violaciones puedan ser encontrados culpables.