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Por qué la acusación del régimen contra la Comisión de Primaria se cae por su propio peso

El abogado Mario D’Andrea aclara que la Comisión no comete usurpación de funciones electorales según la Constitución Nacional de Venezuela.

Mario D’Andrea, abogado y defensor de los Derechos Humanos de la ONG Civilis, ha salido al paso de las recientes acusaciones lanzadas por el régimen de Nicolás Maduro contra la Comisión Nacional de Primaria. Según el régimen, la Comisión habría incurrido en usurpación de funciones electorales tras las primarias internas de la oposición celebradas el 22 de octubre.

D’Andrea, a través de un hilo publicado en su cuenta en X, expone detalladamente por qué dichas acusaciones son infundadas. Se basa en la Constitución Nacional venezolana para argumentar que es posible que el Poder Electoral colabore en la organización de elecciones de otras entidades civiles, siempre y cuando estas lo soliciten. Esto se establece claramente en los artículos 293.5 y 293.6 de la mencionada Constitución.

El defensor de derechos humanos también destaca que la Comisión Nacional de Primaria no puede ser considerada un partido político, ya que no cumple con la definición legal establecida en el artículo 2 de la Ley de Partidos Políticos. Según esta ley, un partido político es una agrupación permanente que busca participar activamente en la vida política con base en programas y estatutos determinados. La Comisión, según D’Andrea, ni es permanente, ni persigue objetivos políticos, ni tiene un programa político.

Concluye su argumento sosteniendo que la Comisión Nacional de Primaria se creó con un propósito privado y específico, y no tiene como objetivo suplantar al Poder Electoral. Por lo tanto, las acusaciones de usurpación de funciones carecen de fundamento.