Ipostel ahora regula el delivery digital en Venezuela: ¿El fin de la libertad de envío?

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Foto cortesía Tal Cual.

Ipostel ahora regula el delivery digital en Venezuela: ¿El fin de la libertad de envío?

La nueva normativa de Ipostel promete ordenar el sector del delivery, pero ¿a qué costo para los emprendedores digitales?


En un movimiento que ha sacudido el ecosistema digital venezolano, el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel) anunció recientemente una serie de regulaciones que afectarán a todos los servicios de delivery operados por empresas digitales y a través de redes sociales.

Según la publicación en la Gaceta Oficial número 42.813, estas compañías ahora deberán obtener una habilitación postal de Ipostel para poder operar legalmente en el país.

“Una vez cumplidas las formalidades para la habilitación postal, deberá suscribirse un contrato de concesión que tendrá duración de un año. Este contrato sirve como autorización o licencia para actuar como operadores postales privados prestadores de servicio de entregas a domicilio mediante plataformas digitales, redes sociales, postales o comerciales”, detalló Ipostel.

Esta medida, aunque busca «garantizar que los clientes reciban sus productos de forma oportuna y transparente», ha generado inquietudes sobre sus implicaciones para pequeños emprendedores y startups.

Cecilia Rivero, presidenta de Mensajero Express, en una entrevista con Shirley Varnagy, aclara que la regulación busca proteger las compras efectuadas en negocios activos en plataformas digitales o redes sociales.

«Ipostel dispondrá de un sistema automatizado para la inscripción de servicios delivery que permitirá solicitar los permisos correspondiente de cualquier negocio con actividad en plataformas digitales», explicó Rivero, sugiriendo una transición hacia una mayor formalización del sector.

Sin embargo, esta regulación trae consigo una serie de requisitos y obligaciones adicionales para los operadores de delivery, como la necesidad de reflejar una factura electrónica o física del cobro del Importe del Franqueo Postal Obligatorio, correspondiente al 1 %, y la obligación de llevar una placa o matrícula especial, emitida por Ipostel, que identifique al vehículo como prestador del servicio.

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