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Solórzano descalifica recurso de Maduro ante el TSJ: «Carece de sentido jurídico»

La presidenta de Encuentro Ciudadano critica la falta de competencia del TSJ y cuestiona la validez del recurso contencioso electoral presentado por Maduro.

La presidenta del partido político Encuentro Ciudadano, Delsa Solórzano, descalificó el recurso contencioso electoral presentado por Nicolás Maduro ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). A través de su cuenta en X, anteriormente conocida como Twitter, Solórzano explicó por qué considera que la acción de Maduro carece de sentido jurídico.

«Con relación al recurso de Maduro ante el TSJ, debo destacar que el recurso contencioso electoral, según la LOPRE, se ejerce contra una resolución del Consejo Nacional Electoral. En este caso, es de destacar que la única posibilidad es que Maduro estuviera solicitando la nulidad de la propia acta de proclamación que lo favorece,» escribió Solórzano, quien además de presidenta de Encuentro Ciudadano, fue la testigo principal de la oposición ante la Junta Nacional Electoral del CNE el día de las elecciones y es abogada.

Solórzano subrayó que el CNE no ha publicado las actas ni ha emitido un boletín contentivo del 100% de los resultados, lo que hace que la acción de Maduro sea aún más cuestionable. «La Sala Electoral no es competente para ‘certificar’ resultados electorales, mucho menos cuando estos no han sido publicados por el ente rector electoral. Tampoco puede suplir al CNE en su obligación de totalizar los resultados. La Sala solo puede conocer demandas contra actos, actuaciones y omisiones del Poder Electoral, pero, a todo evento, el proponente no puede ser el beneficiario de la decisión que se recurre,» detalló.

La abogada y líder opositora argumentó que, según lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ) y la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), la acción presentada por Maduro no tiene fundamento legal. «Todo esto a tenor de lo establecido en la CRBV, la LOTSJ y la LOPRE,» concluyó Solórzano.