Corte Internacional de Justicia Rechaza Extensión de Plataforma Continental de Nicaragua

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) determinó que Nicaragua no tiene derecho a expandir su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas que delimitan su frontera marítima con Colombia. Este fallo reafirma la decisión tomada por la Corte en 2012, que otorgó la soberanía de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a Colombia, pero también concedió a Nicaragua alrededor de 75.000 kilómetros cuadrados de mar Caribe.

Nicaragua argumentó en 2013 que existía una extensión natural de su continente más allá de sus 200 millas marítimas, y solicitó al Tribunal Internacional el reconocimiento de dicha extensión. Sin embargo, el territorio reclamado se solapaba con la zona de exclusión de Colombia. Durante el juicio, los representantes de Colombia rechazaron la solicitud, indicando que Colombia no había firmado la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que reconoce las plataformas continentales.

Nicaragua contrarrestó este argumento aludiendo al derecho consuetudinario, que se basa en las costumbres de la práctica internacional, como una alternativa válida para determinar los límites marítimos. Sin embargo, la CIJ concluyó que, de acuerdo con el derecho internacional consuetudinario, el derecho de un estado a una plataforma continental extendida no puede invadir las 200 millas náuticas de otro estado.

Esta disputa histórica entre los dos países se centra en una región con reservas significativas de gas y petróleo. La decisión de la Corte es vinculante, aunque su implementación depende enteramente de la buena voluntad de los estados involucrados.